miércoles, 28 de marzo de 2012

Un apunte de urgencia: La Dirección General de Función Pública canaria y la Huelga General del 29/03/2012

Me hubiera gustado haber preparado esta entrada ayer, cuando en mi correo recibí un comunicado corporativo para todos los empleados públicos del Gobierno de Canarias de la autoría,  se supone, de la Dirección General de la Función Pública (DGFP), dependiente de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad,  en la que un funcionario con responsanbilidad de jefatura de negociado nos traslada, siguiendo instrucciones superiores, el referido comunicado que se relaciona con la convocatoria de huelda general para el día 29 de marzo de 2012 en contra de la reforma laboral que el Gobierno del Partido Popular quiere imponer, con la anuencia de la patronal, a todos los trabajadores de este país.

No les voy a hablar, al detalle, de la génesis y consecuencias de esta reforma en el ordenamiento jurídico laboral que desde la transición democrática española tanto ha costado conseguir y sostener frente a los distintos Gobiernos, incluidos los socialistas, que se han sucedido a lo largo de estos 34 años de democracia, si bién esta última reforma de este Gobierno conservador y de derechas nos pretende llevar al kilómetro 0 de las conquistas laborales y sociales hasta ahora conseguidas. Dejo este tema para los expertos en derecho laboral que ya se han pronunciado críticamente y con contundencia jurídica sobre el contenido normativo de la reforma.

Lo que realmente me ha llamado la atención y generado indignación es el comunicado que ha sacado la DGFP sobre la gestión, se supone, fundamentalmente de la estadística e incidencia de la participación de la huelga en el sector público. En resumen, el primer comunicado de ayer decía que los empleados públicas no podían hacer uso de su derecho a solicitar días de vacaciones o de asuntos propios en días que coincidieran con el de la huelga general. Además, se habría una pestaña nueva en el aplicativo SICHO (Sistema Integral de Control Horario, de huella digital) con la leyenda HUELGA, dentro del despliegue de SOLICITUDES, con el objeto no explícito de que los empleados plasmaran su solicitud previa de participar en la huelga. En un segundo comunicado se adorna y suaviza lo expresado en el primero, aunque sin cambiar significativamente su contenido. Preocupante patinazo de la DGFP, mas sensurable cuando viene de unos responsables políticos de una Consejería en la que en el pacto de gobierno actual la sitúa en manos del Partido Socialista Obrero Español  (PSOEcanario).

Es inexplicable cómo con estos comunicados se ha podido conculcar derechos fundamentales y de la función pública. Sibilinamente se está diciendo a los empleados públicos que, con carácter previo, soliciten su derecho a participar en la huelga en un aplicativo informático, cuando la ley y la jurisprudencia es totalmente clara sobre este asunto: no existe, y por tanto es contraria a Derecho, cualquier tipo de comunicación previa para que la Administración tenga conocimiento de que el empleado ha decidido libremente participar en una huelga. Tampoco se justifica por razones estadísticas. El propio SICHO puede ser habilitado para elaborar las estadísticas de participación que quieran. En el peor de los casos, el recuento de datos también se puede realizar con medios manuales.

El otro derecho que se quiebra con el comunicado, como ya se ha dicho, es la limitación que se hace a que el empleado público pueda ejercer su derecho de solicitar días de vaciones o de asuntos propios en esa fecha, si bien es facultad de la Adminbistración condicionarlos a la prestación del servicio público en una situación ordinaria ya que en una situación de huelga lo que funciona para garantizar al ciudadano sus prestaciones, son precisamente los "servicios mínimos". Segundo gran error legal de una DGFP que en su proceder debe ajustarse a la Constitución, a la ley y al Derecho, y que igualmente, debe remover los obstáculos que impidan, dificulten o retrasen los legítimos derechos de los ciudadanos, cualquiera que sea el vínculo con que se relacionan con la Administración.

No sé cómo le llegó al Director General de la Función Pública estas dos perlas de ideas, sí fueron de algunos de sus asesores técnicos más próximos o ha sido por iniciativa propia del Director General. En el primer supuesto hay que depurar responsabilidades y, en el el segundo, cabría  la corrección, la disculpa y la dimisión o cese que me temo no se van a producir. Las tres primeras serán de la inictiva del titular de Función Pública, como máximo responsable, y la última (cese) del Gobierno a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad.
    

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